¿Cuáles son los derechos obligatorios al dar de alta la luz?

El precio por dar de alta la luz se compone de tres derechos: extensión, acceso y enganche.

Precio actualDerechos obligatorios
17,37 €/kW + IVADerecho de extensión
19,70 €/kW + IVADerecho de acceso
9,04 € + IVADerecho de enganche

Los derechos del alta de la luz se pagan una única vez a través de la primera factura de la luz y son los siguientes:

  • Derechos de extensión: cubren los costes de la instalación eléctrica en caso de tratarse de viviendas de nueva construcción o suministros que llevaban dados de baja más de tres años.
  • Derechos de acceso: destinados a pagar el coste por el uso de la red de transporte eléctrica que se abonarán en caso de tratarse de un nuevo suministro o cuando se quiera ampliar la potencia contratada.
  • Derechos de enganche: estos derechos cubren el coste por conectar la instalación del punto de suministro del inmueble con la red eléctrica. Estos derechos no dependerán de la potencia contratada.

Los importes asignados para cada uno de estos derechos no son libres sino que se fijan por ley y son actualizados aproximadamente cada año.

¿Cuál es el cálculo por reactivar el alta de luz con aumento de potencia?

Solicitud de alta de 4,6 kW con una potencia previa de 3,45 kW con un suministro dado de baja con una fecha anterior a 3 años:

  • Derecho de enganche: 9,04 €
  • Derecho de acceso: 19,70 €/kW * 4,6 kW = 90,62 €
  • Derecho de extensión: 17,37 €/kW * 1,15 kW = 19,97 €
  • La suma total es de 119,63 €
  • La suma total más impuestos quedará en 144,75 €
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