Los consumidores que quieran dar de alta la luz en un inmueble y aumentar la potencia eléctrica contratada deben tener en cuenta que tendrán que abonar el derecho de extensión más el precio por la subida de potencia. Esto significa que aquellos consumidores que tuvieran una potencia eléctrica de 3,45 kW y quieran aumentarla a 4,6 kW, deberán pagar el importe equivalente a 1,15 kW.
Si hubieran pasado más de 3 años desde la última baja, se deberán pagar los derechos de alta por completo, como si se diera de alta la luz por por primera vez.
¿Cuál es el cálculo por reactivar el alta de luz con aumento de potencia?
Solicitud de alta de 4,6 kW con una potencia previa de 3,45 kW con un suministro dado de baja con una fecha anterior a 3 años:
- Derecho de enganche: 9,04 €
- Derecho de acceso: 19,70 €/kW * 4,6 kW = 90,62 €
- Derecho de extensión: 17,37 €/kW * 1,15 kW = 19,97 €
- La suma total es de 119,63 €
- La suma total más impuestos quedará en 144,75 €